Nada de vacunarse para no perder el trabajo

Nada de vacunarse para no perder el trabajo

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………   Las Empresas no podrán despedir a los trabajadores que no quieran vacunarse frente al Coronavirus. Nada de vacunarse para no perder el trabajo

……….   Los expertos consideran que la Ley no contempla esta justificación para un despido y que el derecho a la intimidad y a la dignidad del empleado le protegen de tener que informar sobre si se vacuna o no a su Empresa.

Nada de vacunarse para no perder el trabajo

……….   Con el proceso de vacunación avanzando en España, aunque a paso lento, se abren dudas que afectan, incluso, al mercado laboral. Por el momento son los ancianos en Residencias y los sanitarios los primeros en ser vacunados. Pero en unos meses se abrirá el proceso al resto de la población general.

……….   El Gobierno decidió no hacer obligatoria por Ley la vacunación frente al Coronavirus. Pero una pregunta que se ha levantado en los últimos meses es si una Empresa puede obligar a sus trabajadores a vacunarse. Y si puede despedirlos si se niegan a hacerlo.

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……….   La respuesta es que no. El tema de la vacunación entra en el terreno de la elección de la persona y en su propio derecho a la intimidad.

……….   Un trabajador no está obligado a desvelar detalles médicos a su empleador y eso incluye, por tanto, a informar si está o no vacunado. Así lo confirman expertos en Legislación Laboral consultados por este medio. Quienes señalan que al no haber obligado el propio Gobierno a la vacunación de toda la población, el empresario no puede forzar a un empleado a que se someta a la vacuna, ni tener represalias con él en caso de que no lo haga.

……….   El primer punto que impide, según los expertos, que un trabajador sea despedido en caso de no vacunarse obedece a la falta de amparo legal para esta justificación. Los despidos deben estar basados en una causa que lo justifique. Y la negativa a seguir un tratamiento, o a vacunarse, o incluso a seguir una terapia preventiva, no está prevista como causa de despido.

……….   Lo cierto es que en las principales normativas laborales no se hace referencia a procesos de vacunación. Es por ello que los expertos acuden a la Ley de Protección de Riesgos Laborales para argumentar por qué no es legal que un empleado pueda ser despedido por una causa, como la de no vacunarse. Esta Ley, que data del año 1995, obliga a la Empresa a la prevención del empleado frente a los riesgos que pueda acarrear la actividad laboral. Pero siempre con un pleno respeto a la intimidad de las personas.

……….   De hecho, en su articulado se subraya que estas medidas de «vigilancia y control» de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo «respetando siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona del trabajador. Y la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud”.

……….   En este sentido, puesto que la vacuna no es obligatoria, por decisión del Gobierno, y además no es la única manera de prevenir riesgos en la propia Empresa, tanto para el propio trabajador como para el resto de personas de la organización, no pueden producirse consecuencias negativas de su falta. Los expertos consultados inciden en que cualquier tratamiento médico entra dentro de la esfera personal e íntima de las personas.

……….   También se recuerda que la citada ley de Prevención de Riesgos Laborales contempla los exámenes médicos en las Empresas como un derecho de las personas trabajadoras. Y no como una obligación. Por lo que la Empresa debe contar con el consentimiento de los empleados. Con ello, se pretende evitar intromisiones en la esfera médica, personal e íntima de los asalariados.

……….   Los datos de estos exámenes médicos quedarán únicamente en manos del propio trabajador y del responsable médico encargado de los análisis: «El acceso a la información médica de carácter personal se limitará al personal médico y a las autoridades sanitarias que lleven a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores. Sin que pueda facilitarse al Empresario o a otras personas sin consentimiento expreso del Trabajador», apunta la norma. Que añade que los datos de estos exámenes «no podrán ser usados con fines discriminatorios, ni en perjuicio del trabajador».

……….   Esta Ley sí contempla casos extremos en los que la Empresa podría llegar a obligar a exámenes médicos a sus trabajadores. Pero siempre tras un informe favorable de los Representantes Legales de la plantilla. Siendo el consentimiento un punto sobre el que se basan los exámenes médicos a los empleados, protegidos por la Ley, los expertos consideran que, con mayor razón, se requeriría para la vacunación.

……….   Desde que la Unión Europea diera la aprobación a la primera de las vacunas y comenzara el proceso de vacunación, el debate sobre si una Empresa puede obligar a sus empleados a someterse a la vacuna o a contratar únicamente a aquellos que estén vacunados, se ha puesto sobre la mesa. Los expertos consultados consideran que con la Ley en la mano no hay cabida a este tipo de prácticas. Y en el caso de una entrevista de trabajo, del mismo modo que hay preguntas que no se pueden realizar, la vacunación podría ser una de ellas.

……….   Sin embargo, algunas declaraciones de Representantes del mundo empresarial han ido en otro sentido. Por ejemplo, en noviembre fueron conocidas unas declaraciones de la presidenta del Comité Económico y Social Europeo (CESE), Christa Schweng, asegurando que «evidentemente es posible» que las Empresas eviten contratar a un trabajador si no quiere vacunarse contra el covid-19. «Como Empresario, puedo decidir con quién firmo un Contrato«, dijo la Presidenta de este Órgano Consultivo de la Unión Europea, que emite dictámenes a las Instituciones Comunitarias en representación de Empresarios, Trabajadores y Organizaciones de la sociedad civil.

……….   Distintas voces desde los Sindicatos han puesto en duda en los últimos meses la legalidad y la ética de obligar a un trabajador a vacunarse para mantener su puesto. En la legislación laboral no hay abundante alusión a la vacunación de trabajadores. Ya que una situación como la vivida con la pandemia del Coronavirus nunca se había producido.

……….   Un ejemplo al que se suele señalar es del Real Decreto 664/1997, aunque hace únicamente referencia a los empleados expuestos a agentes biológicos, es decir, trabajadores del sector sanitario y deja en manos del asalariado la decisión sobre la vacuna. Ni en leyes como el Estatuto de los Trabajadores o la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se hace referencia a las vacunas.

Baja la población con reticencias a la vacuna

……….   Está por ver cuál será realmente el volumen de población activa que decide no vacunarse y si es un porcentaje relevante. Los datos que se conocen por el momento apuntan a que a medida que se ha ido avanzando en el proceso de desarrollo de la vacuna, su aprobación por las autoridades y el inicio de su reparto en la población, el porcentaje de españoles que no se vacunarían en un primer momento ha ido reduciéndose.

……….   Hay que acudir a los datos de las encuestas realizadas por el CIS. En noviembre era el 47% de la población el que decía que tenía reticencias frente al fármaco. Un mes después, había descendido hasta el 27%.

……….   Pese a que las encuestas apuntaban a un número relevante de personas con dudas frente a la vacunación, el Gobierno descartó hacer obligatoria la vacuna. Esta decisión es, en buena parte, la que evita ahora una Empresa pueda justificar un despido en caso de que un trabajador no tenga vacuna. El Ministerio de Sanidad señaló que simplemente será necesario por parte del paciente para someterse a la vacuna un consentimiento verbal o, en caso de no ser posible, que se produzca por escrito.

……….   Sin embargo, Sanidad sí que ha creado un Registro de Vacunación en el que conste la motivación de quien decida no vacunarse. «Registrarlo es de interés para ayudarnos a analizar las causas de determinados grupos de población y poder insistir en ellos. En campañas de información y de divulgación para explicar el beneficio de las vacunas«, señaló la secretaria de Estado de Sanidad, Silvia Calzón, en una rueda de prensa.

……….   Las primeras semanas del proceso de vacunación han mostrado un importante retraso en la aplicación del fármaco en varias Comunidades Autónomas. Ello pone de relevancia problemas de planificación. Así como plantillas mermadas en los Servicios de Salud Autonómicos, que han lastrado el uso efectivo de todos los lotes recibidos. Puesto que apenas han pasado unas semanas desde que comenzó la vacunación en España. Todavía no hay datos que apunten al volumen de rechazo de la población a vacunarse. Únicamente, Catalunya avanzó un dato hace unos días, asegurando que únicamente el 5,7% de los citados en Residencias y Centros Sanitarios habían evitado ponerse la vacuna.


Comentario de esta Casa

……….   La tal Christa Schweng resulta ser una pájara de cuidado. Es Presidenta de una Organización que representa a Empresarios y a Trabajadores. Y se pone a favor de los primeros y en contra de los segundos de manera definitiva e impresentable. Debiera aplicar el sentido común y la Ley, en vez de favorecer al más rico.

……….   Y al Ministerio de Sanidad se le ve el plumero, valga hablar así, porque para poner la inyección prescinde del consentimiento por escrito del paciente. Basta que diga que sí con la cabeza y a pincharle. En cambio, sí que se quiere asegurar de tener la lista del personal que no ha aceptado vacunarse. Pensar que es por el bien del ciudadano, «para cuidarle mejor en el futuro», sería una ingenuidad por nuestra parte. Huele a control …  

……….   Ya veremos cuál es el total de vacunados cuando acabe la campaña …

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