La Corte Suprema de la India falla en contra de los mandatos de vacunas contra el Covid-19  TC India da una lección que Alemania debiera aprender

……….   Se dictó una sentencia histórica contra los mandatos de vacunación en la India, que ahora ha hecho ilegal que alguien discrimine entre personas sobre la base de su estado de vacunación.

Awaken India Movement informa:

……….   Secciones importantes de la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el caso 2.022 SCC OnLine SC 533 de Jacob Puliyel [de 2 de Mayo de 2.022].

Una Sentencia histórica que defiende nuestros derechos fundamentales en virtud de los artículos 21 y 14 y equipara el derecho a la Salud al derecho a la Vida en virtud del artículo 21.

……….   Por primera vez en el mundo nuestra una Corte Suprema dio una decisión basada en la validez científica, rompiendo las falsas narrativas de la mafia de las inyecciones de Bill Gates.

  1. No se ha presentado ninguna presentación, ni ningún dato, que justifique restricciones sólo a las personas no vacunadas cuando la evidencia científica emergente parece indicar que el riesgo de transmisión del virus de las personas no vacunadas está casi a la par con el de las personas vacunadas. Para decirlo de otra manera, ni la Unión de la India ni los Gobiernos estatales han presentado ningún material ante este Tribunal para justificar el trato discriminatorio de las personas no vacunadas en lugares públicos, mediante la imposición de mandatos de vacunación. …. a la luz de los datos presentados por el peticionario, que no han sido controvertidos por la Unión de la India, así como por los Gobiernos estatales, opinamos que las restricciones impuestas a las personas no inoculadas a través de mandatos de inoculación no pueden considerarse proporcionadas, especialmente porque tanto las personas inoculadas como las no inoculadas actualmente parecen ser susceptibles a la transmisión del virus en niveles similares».
  2. Punto 89 – Conclusiones –

……….   A la luz de esto, no se puede decir que las restricciones impuestas a las personas no inoculadas a través de diversos mandatos de inoculación por los Gobiernos estatales / territorios de la Unión sean proporcionadas. ….. sugerimos que todas las autoridades de este país, incluidas las Organizaciones privadas y las Instituciones educativas, revisen las órdenes e instrucciones pertinentes que imponen restricciones a las personas no inoculadas en términos de acceso a lugares, servicios y recursos públicos, si aún no se han retirado.

……….   vii) Reconociendo la necesidad imperiosa de recopilar los datos necesarios sobre los acontecimientos adversos y una participación más amplia en términos de notificación, la Unión de la India está dirigida a facilitar la notificación de presuntos acontecimientos adversos por parte de individuos y médicos privados en una plataforma virtual accesible. Estos informes se pondrán a disposición del público, sin comprometer la protección de la confidencialidad de las personas que informen, con todas las medidas necesarias para crear conciencia de la existencia de dicha plataforma y de la información necesaria para navegar por la plataforma que deberá llevar a cabo la Unión de la India lo antes posible.

……….   Como resultado de esta decisión, las personas que fueron removidas de sus trabajos y no se les pagaron salarios debido a que no estaban inoculadas contra el patógeno ya comenzaron a ser reincorporadas y algunas incluso han recibido una compensación por lo mismo.

……….   El Movimiento Awaken India también ha publicado un artículo que desacredita algunas afirmaciones falsas con respecto a la Decisión de la Corte Suprema de la India.

……….   Se dictó una Sentencia histórica contra los mandatos de inoculación en la India, que ahora ha hecho ilegal que alguien discrimine entre personas por su estado de inoculación . Sin embargo, pocas personas han estado difundiendo interpretaciones erróneas de la Sentencia, algunas debido a sus malentendidos genuinos, y otras que lo están haciendo en nombre de Compañías Farmacéuticas y burócratas corruptos para malinterpretar intencionalmente la Sentencia, para que las personas no inicien cargos de compensación y enjuiciamiento contra los criminales que hicieron cumplir estos mandatos ilegales. A continuación desacreditamos de manera concluyente las afirmaciones falsas comunes sobre el juicio:

Reclamación falsa número 1  TC India da una lección que Alemania debiera aprender

……….   La Corte Suprema no ha escrito en ninguna parte de la orden que es ilegal discriminar entre los inoculados y los no inoculados.

……….   Motivo: El Tribunal Supremo, en el párrafo 60, deja muy claro que los mandatos de inoculación no son proporcionados.

……….   60. … a la luz de los datos presentados por el peticionario, que no han sido controvertidos por la Unión de la India, así como por los Gobiernos estatales, opinamos que las restricciones impuestas a las personas no inoculados a través de mandatos de inoculación no pueden considerarse proporcionadas, especialmente porque tanto las personas inoculadas como las no inoculadas actualmente parecen ser susceptibles a la transmisión del virus en niveles similares».

……….   Algunas personas han difundido afirmaciones falsas de que solo porque la Corte Suprema dijo que estos mandatos no son proporcionados, eso no significa que sean ilegales. Esta interpretación es falsa y engañosa, como ha señalado claramente el Tribunal Supremo en otras partes de la Sentencia que para que las restricciones a los derechos fundamentales de los pueblos sean legales y constitucionales, deben pasar los tres criterios de proporcionalidad, legalidad y necesidad. Las partes relevantes que mencionan esto se enumeran a continuación

……….   21. Procederemos ahora a analizar los precedentes de este Tribunal en el ámbito del control jurisdiccional de las políticas públicas en materia de salud. Está bien establecido que los tribunales, en ejercicio de su poder de revisión judicial, normalmente no interfieren con las decisiones políticas del ejecutivo a menos que la política pueda ser criticada por motivos de mala fehaciente, irracionalidad, arbitrariedad o injusticia, etc. De hecho, la arbitrariedad, la irracionalidad, la perversidad o la mala fe de la política harán que la política sea inconstitucional.

……….   48. El punto crucial que debemos examinar es si las limitaciones impuestas por el Gobierno a la autonomía personal de una persona pueden justificarse en interés de la salud pública a raíz de la devastadora pandemia del patógeno. Como se ha dicho, la autonomía personal ha sido reconocida como una faceta crítica del derecho a la vida y el derecho a la libre determinación en virtud del artículo 21 de la Constitución, por este Tribunal en Common Cause (supra). En el asunto K.S. Puttaswamy (supra), este Tribunal estableció tres requisitos que debe cumplir el Estado, al tiempo que restringe el derecho a la intimidad para proteger los intereses legítimos del Estado (es decir, legalidad, proporcionalidad y necesidad).

……….   Si bien la Sentencia se inscribe en el contexto del derecho a la intimidad, el análisis con respecto al triple requisito de restricción de tal derecho se centra en el yunque de la protección garantizada a las libertades fundamentales en virtud del artículo 21 y, por lo tanto, también sería la prueba de fuego para la invasión de la autonomía corporal de una persona en virtud del artículo 21.

……….   Punto 3 de la conclusión de la sentencia:

……….   Sin embargo, en aras de la protección de la salud comunitaria, el Gobierno tiene derecho a regular las cuestiones de interés para la salud pública imponiendo ciertas limitaciones a los  derechos individuales, que pueden ser examinadas por los Tribunales Constitucionales para evaluar si tal invasión del derecho de una persona a la autonomía personal cumple el triple requisito establecido en la sentencia KS Puttaswamy, es decir,

……….   (1) legalidad, que presupone la existencia de la ley,

……….   (2) necesidad, definida en términos de un objetivo legítimo del Estado; y 

……….   3) proporcionalidad, que garantiza un nexo racional entre los objetos y los medios adoptados para alcanzarlos.

Reclamación falsa número 2  TC India da una lección que Alemania debiera aprender

……….   En la orden, la Corte Suprema solo ha sugerido que las autoridades revisen las órdenes que han ordenado vacunas si aún no las han revocado. Las sugerencias no son órdenes, por lo tanto, esta orden no tendrá fuerza para obligar a las empresas privadas, escuelas, colegios, etc. a revertir los mandatos.

……….   ……….   Motivo: En 1995 SCC (1) 259 M/S Spencer & Company Ltd & … vs M/S Vishwasarshan Distribuidores… el 6 de diciembre de 1994, el Tribunal Supremo deja muy claro que, incluso si sus palabras en una sentencia adoptan la forma de un consejo o sugerencia y no una orden o dirección explícitas, se trata de una orden judicial y se considera vinculante y ejecutable en todo el territorio de la India. El enlace a dicha sentencia se puede encontrar en este enlace: https://drive.google.com/file/d/1RhjS8La5m8wd1yfX_Ii9WYA6NkQfkiNI/view?usp=sharing

……….   El párrafo relevante se puede encontrar en la página 260 Punto A de este enlace

Reclamación falsa número 3  TC India da una lección que Alemania debiera aprender

……….   En la orden de la Corte Suprema han mencionado que los mandatos no son proporcionados solo para el momento actual, y en el futuro, cuando los gobiernos aumenten las pruebas y creen más casos, las autoridades podrán imponer mandatos de vacunas nuevamente.

……….   Motivo: En el punto v de la conclusión de las sentencias, el Tribunal Supremo ha dejado claro que solo un aumento de los casos no es motivo suficiente para imponer restricciones a las personas no vacunadas, pero han establecido un doble criterio de aumento de los casos Y se están generando nuevas pruebas que demuestran que las personas no vacunadas propagan más el virus Sars-Cov-2 que los vacunados. Por lo tanto, un mero aumento de los casos no puede utilizarse como único motivo para imponer restricciones:

……….   v) … Hasta que la tasa de infección siga siendo baja y surja cualquier nuevo desarrollo o hallazgo de investigación que proporcione la debida justificación para imponer restricciones razonables y proporcionadas a los derechos de las personas no vacunadas, sugerimos que todas las autoridades de este país, incluidas las organizaciones privadas y las instituciones educativas, revisen las órdenes e instrucciones pertinentes que imponen restricciones a las personas no vacunadas en términos de acceso a lugares públicos. servicios y recursos, si aún no se han retirado.

……….   Esta falsa afirmación no tiene sentido ni siquiera desde la perspectiva del sentido común. Si la Corte Suprema estuviera de acuerdo con que el Gobierno impusiera restricciones debido a un aumento en los casos, habrían usado la palabra OR arriba en lugar de AND. Además, el Tribunal Supremo ha reconocido en el párrafo 60 de la sentencia que tanto las personas vacunadas como las no vacunadas parecen propagar el virus en niveles similares. Por lo tanto, incluso si los casos aumentan, no hay base para imponer restricciones solo a los no vacunados, ya que tanto las personas vacunadas como las no vacunadas contribuirán a un aumento de los casos a un ritmo igual.

……….   Por lo tanto, instamos a todos nuestros lectores a contrarrestar las afirmaciones falsas y compartir este artículo ampliamente para que este juicio pueda ser utilizado por todos los indios para luchar contra los mandatos de inyecciones. (Fuente.)

……….   Descarga la sentencia completa aquí : https://awakenindiamovement.com/indian-supreme-court-judgement-against-vaccine-mandates/

El pueblo de la India es muy afortunado de tener una Sentencia de la Corte Suprema para la protección de la Salud pública y no de las Compañías Farmacéuticas.
HealthImpactNews | AwakenIndiaMovement
Visto en: Trikooba Blog
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Comentario de esta Casa.  TC India da una lección que Alemania debiera aprender
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……….   Llama a atención el interés que muestra el Alto Tribunal en argumentar sus Conclusiones, así como en desbaratar las interpretaciones tendenciosas y deformadoras de sujetos malintencionados.
……….   Como se ve, éstos últimos se fijan en un párrafo y eliminan toda mención a otras partes de la Sentencia. Siempre para favorecer su punto de vista malintencionado. Pero el Tribunal Constitucional – que no se vende a parte interesada, como hacen en otras latitudes norteñas europeas – añade y comenta las partes que el sujeto avieso se dejó en el tintero.
……….   El otro día decíamos que dan ganas de irse a vivir a Dinamarca, porque allá están eliminadas las absurdas restricciones impuestas a la población por un sujeto que nadie ha visto, ni aislado, ni secuenciado. Hoy añadiremos que otro punto de residencia deseable pasa a ser la India, por lo que arriba se indica.
……….   Confiemos que otros Jueces de Tribunales Supremos de países más cercanos aprendan lo qué es ser honesto, recto y fiel a sus principios. Porque suponemos que los que luego se convierten en Jueces del Tribunal Supremo o Constitucional de un país, de jóvenes fueron a recoger su título o Acta, en una sesión pública, a la que asistieron sus familiares. Y que ese día, en sus mentes, tendrían el propósito de hacer grandes cosas por la Justicia y la Libertad de sus conciudadanos.
……….   Pero luego la vida, los contactos, los apartes, las corruptelas, la ambición … pueden haber sepultado un tanto aquellos buenos propósitos. Y cambiarlos por otros más flexibles, abiertos, consistentes, palpables y mensurables. Pero es evidente que toda moneda tiene su cara y su cruz. Como no es menos cierto ese basto refrán castellano de que «a todo cerdo le llega su San Martín», fecha en que es sacrificado de manera innoble en aras del bienestar humano. 
……….   Esas reflexiones debieran llegar a tantos y tantos Magistrados, que tal ven han sucumbido a las tentaciones de la liquidez holgada, como de quienes están en duda sobre qué camino elegir. Elijan el correcto, el legal, el honesto, el de las buenas personas, el del respeto a la Ley. Porque mal andará  esta sociedad si quienes están dedicados a defender el Derecho y los derechos de los seres  humanos se convierten en sus primeros vulneradores, permitiendo que otros – cuyo objetivo exclusivo es medrar – tengan el campo abierto a sus desmanes.
……….   Y ya sólo nos falta justificar el título del artículo. Y es que antes de abrir el feliz mensaje procedente de la India, nos ha llagado un desdichado mensaje precedente de la más cercana Alemania. Allí otro Tribunal Constitucional ha mostrado la cara opuesta. Véase en este artículo
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